martes, 28 de agosto de 2012

Teoría de la Justicia y Derechos Humanos


¿Es la Justicia un fin del Derecho?

       El concepto de Justicia ha sido estudiado por innumerables teóricos, al igual que el Derecho. Las concepciones que han generado las diferentes teorías y su diversidad, conducen a la idea contemporánea de que “Justicia” es un concepto esencialmente controvertido[1], de acuerdo a las siguientes características:
1.     Su contenido valorativo: evaluamos la justicia en un sentido de lo bueno o malo.
2.     Su complejidad: para entender el concepto de justicia hacemos referencia a otros conceptos, en este caso, lo relacionamos con la injusticia, y lo justo, estableciendo rangos conceptuales.
3.     Su sentido argumentativo: el concepto de justicia genera innumerables debates y desacuerdos teóricos, en este sentido es argumentativo.
4.     Su función dialéctica: justicia es un concepto al cual se intenta dar contenido.
      Lo anterior nos hace observar la complejidad del concepto Justicia, sin embargo de alguna manera nos vemos en la necesidad de denotarlo para llega a acuerdos que ayuden a clarificar en este caso la interrogante del tema ¿Es la justicia un fin del derecho?
       Tomando la visión tradicional sobre el concepto de justicia adoptaríamos aquella que la define como “dar a cada un@ lo que merece”[2]. Partiendo de esta visión, entonces ahora nos enfrentamos a la gran pregunta, ¿dar a cada quien lo que merece es un fin del derecho?
                                                                       
       Si consideramos el Derecho como un instrumento de la Justicia, para dar a cada quien lo que merece, llegaríamos a la conclusión de que en la práctica real del ejercicio y aplicación del Derecho, la Justicia no es  un fin directo del derecho, ya que se implica en el proceso para llegar a la Justicia, la Legalidad.
       Incluso muchos podrían considerar (me incluyo entre estos) que el fin de la Justicia se pierde en la práctica por dar prioridad a la Legalidad. Pero, cabria suponer que en la Legalidad ya viene implícito un contenido de justicia. La legalidad no se puede dar si las leyes en base a las cuales se ejercita una acción no son justas, y si carece de justicia no se le debe llamar Derecho.
       El Derecho es el instrumento de la Justicia, y la Legalidad es el instrumento del Derecho para hacer justicia.  Por lo tanto, la Justicia es el fin formal del Derecho.
        El camino para llegar a la obtención de la justicia dependerá entonces de que los actos de legalidad realmente estén contenidos de justicia, pero, como hacer legalidad u actos legales es un hecho subjetivo por concentrarse al arbitrio del hombre, permanecemos sujetos a la libre percepción de dar a cada quien lo que merece de acuerdo con la concepción de Justicia de cada operador jurídico.
      Sin duda, es un tema complejo que requiere de posteriores análisis, y adentrarse también en el estudio de otros conceptos, por ahora presento lo que ha sido mi primer acercamiento al tema.



[1] Consulta, Iglesias Villa, Marisa, Los Conceptos Esencialmente Controvertidos en la Interpretación Constitucional, DOXA, núm. 23, año 2000,   http://www.lluisvives.com/servlet/ SirveObras/public/12383873132368273109213/Doxa23_04.pdf
[2] Consulta, Cambell, Tom, La Justicia, Los Principales Debates Contemporáneos, Ed. Gedisa, Pág. 22

No hay comentarios:

Publicar un comentario